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Covelo aprueba la ordenanza de la gestión de la biomasa y distancias de las plantaciones para proteger las zonas edificadas
- 24/08/2024 -

Las sanciones van desde los 100 a los 3.000 euros
El Ayuntamiento de Covelo aprobó en pleno la ordenanza de la gestión de biomasa y distancias de las plantaciones con el objeto de conseguir las idóneas condiciones de salubridad y seguridad para prevenir y evitar los incendios, protegiendo de los mismos las infraestructuras sociales, las zonas edificadas y las áreas forestales y naturales de valor especial.

El alcalde, Pablo Castillo, explica que su finalidad es establecer las condiciones para llevar adelante la gestión de la biomasa y la fijación de las distancias para plantaciones nos terrenos clasificados cómo urbanos, de núcleo rural o urbanizables delimitados.

Esta ordenanza será de obligado cumplimiento por las personas responsables de la propiedad, entendiéndose cómo tal las personas titulares del derecho de aprovechamiento sobre los terrenos urbanos, urbanizables delimitados y de núcleo rural, así como las administraciones, las entidades o las sociedades que tengan encomendada la competencia sobre la gestión, o cedida.

Nos terrenos clasificados como suelo urbano, suelo de núcleo rural y suelo urbanizable delimitado, las personas responsables deberánRoza para la eliminación del estrato herbáceo y arbustivo siempre que suponga un mínimo riesgo para la propagación de los incendios incontrolados de vegetación. Poda y rareo del estrato arbóreo de forma que se mantenga una discontinuidad horizontal entre las copas de los árboles y vertical entre estas y los estratos herbáceo y arbustivo.

En las fajas secundarias habrá que desbrozar en una franja de 50 metros perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable delimitado,así como alrededor de edificaciones, viviendas aisladas y urbanizaciones, depósitos de basura, parques y #instalación industriales, situadas a menos de 400 metros del monte.

La ordenanza recoge que quedan prohibidas las repoblaciones forestales nos terrenos clasificados como suelo urbano, urbanizable delimitado y de núcleo rural.

Si las personas responsables no realizaran los trabajos de gestión de la biomasa en los plazos fijados por el Ayuntamiento, este podrá realizados y los costes derivados dieras trabajos serán repercutidos las personas responsables, procediendo, al cobro de los gastos que se ocasionen al Ayuntamiento a través del procedimiento de apremio.

Las infracciones recogidas cómo leves irán de los 100 a los 600€, las graves de 601 a 1.500€ y las muy graves de 1.501 a 3.000€.


 


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