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Gestión de la biomasa y distancias de las nuevas plantaciones y masas arboladas existentes.
- 29/03/2019 -
Las personas físicas o jurídicas titulares del derecho de aprovechamiento sobre los terrenos forestales procederán la ejecución de la gestión de biomasa incluida la retirada de especies arbóreas (eucaliptos, piñeiros e acacias) antes de 31 de mayo de cada año, según la Ley 3/2017 de 9 de abril de prevención y defensa contra incendios forestales de Galicia, modificada por la Ley 9/20I7 de 26 de diciembre de medidas fiscales y administrativas de Galicia que entró en vigor el 1 de enero de 2018.
Gestión de biomasa y distancias de las plantaciones

Las personas físicas o jurídicas titulares del derecho de aprovechamiento sobre los terrenos forestales procederán la ejecución de la gestión de biomasa incluida la retirada de especies arbóreas (eucaliptos, pinos y acacias) antes de 31 de mayo de cada año, según la Ley 3/2017 de 9 de abril de prevención y defensa contra incendios forestales de Galicia, modificada por la Ley 9/20I7 de 26 de diciembre de medidas fiscales y administrativas de Galicia que entró en vigor el 1 de enero de 2018.



Se debe mantener limpia de biomasa y retirada de especies arbóreas una franja de 50 metros (para el caso de eucaliptos, pinos o acacias) y 15 metros (para especies frondosas caducifolias) desde:

– Suelo urbano, núcleo rural y suelo urbanizable

– Edificaciones y viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, campings, gasolineras y parques e instalación industrales.

– Construcciones aisladas en suelo rústico.

Las distancias de las plantaciones a pistas, carreteras y suelos rústicos se recogen en el siguiente gráfico:
 


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